
El presidente Javier Milei oficializó este jueves en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza el proyecto de reforma del Código Penal, que propone una actualización del régimen punitivo después de más de un siglo de vigencia de un texto aprobado en 1921. La iniciativa legal, a su vez, postula el agravamiento de las penas, la baja en la edad de imputabilidad y nuevas figuras delictivas como tres de los principales puntos del documento que será remitido al Congreso de la Nación.
El anteproyecto busca ordenar en un único cuerpo múltiples normas penales especiales e intenta responder a fenómenos contemporáneos como el crimen organizado transnacional, la violencia digital o el narcotráfico. Sus ejes nodales, en rigor, giran en torno al agravamiento de penas, la imprescriptibilidad de delitos graves, el cumplimiento efectivo de las condenas, la restricción de la liberación anticipada y la baja en la edad de imputabilidad.
En cuanto al agravamiento de sanciones, el esquema propone elevar mínimos y máximos en una gran cantidad de delitos. Así, el homicidio simple pasará de un rango de 8 a 25 años a uno de 10 a 30. El homicidio agravado seguirá castigado con prisión perpetua, aunque se amplían los supuestos: alcanzará a crímenes contra el presidente, ministros, docentes, menores de 16, mayores de 65, personas privadas de libertad o hechos cometidos en espacios de concurrencia masiva. A la vez, se elevan las penas por lesiones leves (de 1 mes a 1 año, a entre 1 y 3 años) y por lesiones viales (de 2 a 6 años en su forma simple y de 3 a 6 en la agravada).
Del mismo modo, el abuso de armas tendrá hasta 6 años de prisión si se dispara sin herir a alguien y entre 1 y 3 años si se agrede con un arma sin causar lesiones. La omisión de auxilio, que hoy se castiga solo con multa, será penada con entre 1 y 6 años, y con hasta 8 si la víctima es un niño o un adulto mayor.
Las injurias dejarán de ser una infracción menor y pasarán a castigarse con entre 1 y 3 años de prisión, y hasta 6 en supuestos agravados. En materia de delitos sexuales, la pornografía infantil tendrá una escala de hasta 9 años, y la posesión con fines de distribución, entre 3 y 12 años.
También se eleva la pena por privación ilegal de la libertad (de 1 a 4 años) y por trata de personas, que subirá de un máximo de 8 a 10 años, con un tope de 15 en su modalidad agravada.
En la misma línea, las amenazas anónimas o con armas pasarán de 1 a 3 años a un rango de 2 a 8, y se elevarán hasta 10 cuando busquen forzar a la víctima a realizar o tolerar una conducta. El hurto será penado con hasta 3 años, y el robo tendrá escalas diferenciadas: entre 3 y 8 años si hay fuerza en las cosas y entre 3 y 10 si media violencia contra las personas. Además, se crean figuras específicas para modalidades como los “motochorros” o las “viudas negras”. La estafa alcanzará hasta 8 años más multa, y la usurpación pasará a entre 3 y 10 años, con un máximo de 12 en supuestos agravados.
Por otro lado, el proyecto fija penas de entre 2 y 5 años para agresiones en manifestaciones públicas, que se elevan a entre 3 y 9 años si las víctimas son funcionarios o miembros de fuerzas de seguridad. La tenencia de armas de uso civil, hoy sancionada con hasta 2 años, subirá a un rango de 2 a 4, y la portación ilegal tendrá entre 3 años y 6 meses y 6 años y 6 meses. El falso testimonio se castigará con entre 3 y 6 años, con agravantes más severos en causas por delitos sexuales o de género. En el ámbito de la corrupción, el cohecho pasará a un rango de 3 a 10 años, que se ampliará a un máximo de 15 si involucra a altas autoridades del Poder Ejecutivo.
Otro núcleo de la iniciativa está en la imprescriptibilidad de los delitos graves. El texto elimina la posibilidad de que el paso del tiempo cierre investigaciones por homicidios agravados, abusos sexuales, grooming, producción y distribución de material de abuso infantil, corrupción de menores, trata de personas, secuestro extorsivo, atentados contra el orden constitucional, terrorismo, narcotráfico y contrabando de estupefacientes. Además, incorpora actos que interrumpen la prescripción, como las órdenes de captura o los pedidos de extradición.
En relación con el cumplimiento de las condenas, se restringe la ejecución condicional. Al elevarse los mínimos, más del 80% de los delitos deberán cumplirse en prisión. Quedarán fuera del beneficio casos como estragos agravados, robos especialmente violentos, tenencia de armas de guerra o portación ilegal de armas de fuego.
Asimismo, la liberación anticipada tendrá límites más estrictos: reincidentes y condenados por homicidio, robo seguido de muerte, robo con armas o delitos dolosos cometidos por funcionarios en ejercicio no podrán acceder a este beneficio.
Finalmente, la reforma incluye la baja de la edad de imputabilidad a 14 años en delitos graves. Hoy quienes tienen menos de 16 son inimputables, lo que, según el texto, genera incentivos para que las organizaciones criminales utilicen a menores en hechos delictivos. Con el cambio, los adolescentes de 14 y 15 años podrán enfrentar procesos penales con sanciones equivalentes a las de un adulto.
Además de estos cuatro ejes, el proyecto contempla nuevas figuras delictivas ligadas al contexto actual, como el acoso en ámbitos laborales y educativos, el “stealthing”, la pornovenganza, el hostigamiento, el mobbing laboral y los fraudes piramidales. También se refuerza la aplicación de la Ley Antimafias para asociaciones ilícitas complejas, se amplía la responsabilidad penal de las personas jurídicas a cualquier delito, se introduce el decomiso anticipado de bienes y se fortalece la figura del imputado colaborador en causas de crimen organizado y narcotráfico.
El nuevo Código elaborado por el gobierno será llevado al Congreso de la Nación para su análisis y tratamiento. El Poder Legislativo federal es el encargado de dictar las normas en materia penal.