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Dictaron 8 años de prisión para Juan Pablo Schiavi y 6 años para Ricardo Jaime y pidieron investigar a De Vido

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de la Ciudad condenó a los ex secretarios de Transporte Juan Pablo Schiavi y Ricardo Jaime a 8 y 6 años de prisión, respectivamente, por la tragedia de Once, ocurrida el 22 de febrero de 2012 y que provocó la muerte de 51 personas y una por nacer, además de 789 lesionados.

Además, Schiavi fue inhabilitado de manera perpetua para ejercer cargos públicos. En el caso de Jaime, el tribunal decidió darle una condena única, unificando las otras causas que tenía pendientes tras su paso por la función pública.

La pena más alta fue para el ex dueño de TBA Sergio Claudio Cirigliano, condenado a 9 años de prisión. En tanto, Marcos Antonio Córdoba, el motorman de la formación, fue condenado a tres años y seis meses de prisión por el delito de descarrilamiento culposo.

El resto de las penas fueron las siguientes: Marcelo Alberto Calderón (Director de Cometrans), 8 años; Jorge Álvarez (Directivo de TBA), 8 años; Sergio Daniel Tempone (Gerente de Operaciones de TBA), 7 años; Carlo Michele Ferrari (Presidente de TBA), 6 años; Roque Angel Cirigliano (Jefe de Material Rodante de TBA) , 5 años.

Además, el tribunal ordenó investigar al ex ministro de Planificación Julio De Vido por su eventual responsabilidad en la tragedia de Once ante «las graves falencias del sistema público ferroviario y de las empresas prestatarias».

 

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El veredicto fue leído a casi dos años del inicio del juicio oral que investigó la tragedia ferroviaria en la línea Sarmiento. El tribunal estuvo integrado por los jueces Jorge Alberto Tassara, Jorge Luciano Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Ana D’Alessio, esta última en calidad de jueza sustituta.

De acuerdo al requerimiento fiscal de elevación a juicio, todos los acusados, a excepción del motorman Marcos Córdoba, fueron acusados por los delitos de defraudación contra la administración pública (previsto por el artículos 174 -inciso 5°- en función del 173 -inciso 7°- del Código Penal) y descarrilamiento culposo (196 -primer y segundo párrafos-). Según el Código Penal, esos delitos tienen una escala de pena de 2 a 6 años de prisión y de 1 a 5 años de prisión, respectivamente.

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