
En agosto del 2018, el Departamento Ejecutivo elevó un proyecto de ordenanza. A través de este, se crea el Programa de Capacitación y Práctica Laborables destinados a personas desocupadas o sub-ocupadas.
El candidato a concejal de La Libertad Avanza, Juan Ignacio Felice, quien en ese entonces era concejal del partido del Intendente Britos, votó favorablemente la ordenanza que hoy cuestionó.
Felice señaló que existen 426 trabajadores en situación de precariedad bajo el sistema de becas. Vale decir que el proyecto fue aprobado por unanimidad ese año y fue justamente Felice quien en sesión defendió el proyecto.
El día de hoy el Intendente Britos, respondió a los cuestionamientos de Felice y señaló: «El candidato dijo que es ilegal el programa de becas laborales. Quiero hacer entrega a cada medio para salir de la chicana de campaña y de las acusaciones falsas. Porque utilizar la injuria es un delito penal que dejaremos para después de las elecciones. Hago entrega de la ordenanza del 9 de agosto del 2018 que fue votada por unanimidad. Fue defendida de nuestro bloque por el concejal Juan Felice y la presidente de nuestro bloque de ese momento Liliana Varela. Además, por el presidente del bloque del peronismo que habló maravillas de la ordenanza».
«No es ilegal cumplir con una ordenanza votada por unanimidad por el Concejo Deliberante. Es ilegal exigir coimas como ha pasado en el kirchnerismo. Lamentablemente, aunque no lo esperábamos, está pasando en el gobierno de Milei. Lo ilegal y delictivo lo conocemos todos los argentinos. Tenemos la ex presidente condenada, varios funcionarios juzgados y otros que están siendo juzgados. También hay denuncias recientes. Cumplir una ordenanza es lo que debe hacer un intendente. Esto es un programa que, cuando cerró Paquetá, permitió que muchos chivilcoyanos que quedaron sin trabajo puedan tener la posibilidad de trabajar. No les alcanza para vivir, por supuesto, son 4 horas. Tienen que tener otro trabajo y, además, se capacitan», afirmó el jefe comunal.
Además, destacó: «Es importante decirles también que hay gran cantidad de vecinos que empezaron con este programa y que están trabajando. Esto les permitió capacitarse y pasar a otro trabajo. Cuando abrieron empresas, varios integrantes fueron recomendados por el municipio. Muchos empezaron a trabajar por su cuenta. Esto se debe a que se capacitaron en el convenio que realizó el municipio y escuela de oficios, herramientas y maquinarias para que puedan trabajar por sí mismos».
De ésta forma cerró el tema, compartiendo con los medios presentes, la defensa de Felice sobre las becas el día de la aprobación por unanimidad.
Ese día de 2018 Felice, expresó: «Más que nada para celebrar la decisión del señor Intendente de crear este plan de becas laborales. Va a dar trabajo alrededor de ciento cincuenta personas. No solamente es entregarles dineros a estas personas, justo en un momento del país donde hace tanta falta el trabajo. Justamente les da la posibilidad de poder trabajar y de dignificarlas, porque más allá del dinero que es necesario, las personas hoy en día necesitan trabajar. Así que más que nada celebro eso. También es digno destacar que parte de las entrevistas fueron realizadas por los mismos funcionarios del gabinete, y sobre todo el Intendente Municipal. No sé cuándo otro Intendente Municipal, realizó él mismo las entrevistas laborales».
Liliana Varela quien era presidente del bloque que integraba Felice, agregó en esa sesión: «Era para agregar que esta iniciativa tiene un plus de articular el mundo del trabajo con la educación. Mientras presenta una oportunidad económica para estas personas, también prevé instancias de capacitación. Además prevé la capacidad educativa de aquellos agentes que no han finalizado sus estudios. Esto es articulado con la modalidad de adultos y de formación profesional».
Finalmente fue aprobada por unanimidad.
ORDENANZA N° 9204.-
ARTÍCULO 1.- Créase el Programa Municipal de Capacitación y prácticas laborales destinado a personas desocupadas o sub-ocupadas. El mismo está destinado a la capacitación y actualización educativa de dichas personas con el objeto de mejorar sus posibilidades de inserción laboral.
ARTÍCULO 2.- El presente Programa será desarrollado por una Unidad Ejecutora Municipal (UEM). Esta estará compuesta por un integrante de la Secretaria de Desarrollo Social, uno de la Secretaría de Cultura y Educación, y uno de la Secretaria de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- Los cursos de capacitación y prácticas laborales deberán tener correlación con las necesidades del Mercado Laboral y el sector productivo. Además, deberán promover la capacidad emprendedora de las personas. En tal sentido, se enumeran a título enunciativo las temáticas a desarrollar, las que podrán ampliarse o reducirse de acuerdo a la evaluación del Programa según las necesidades planteadas:









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