Melgarejo y Rotella que fue capturado en Chivilcoy, deberán cumplir 16 años de prisión
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Corrientes rechazó los recursos de casación presentados por las defensas técnicas de Marcelo Melgarejo y Hugo Omar Rotella, y confirmó la pena de 16 años de prisión de ambos: el primero, por el delito de asociación ilícita en carácter de jefe, y el segundo, por el mismo delito en carácter de organizador.
También se confirmaron las sentencias de María del Carmen Montiel y Paula Breard de Megarejo.
En la causa por supuestas estafas reiteradas, Expediente N° 9.506 del Tribunal Oral Penal Nº 1”, los ministros Alejandro Chaín, Guillermo Semhan, Luis Rey Vázquez y Fernando Niz rechazaron los recursos de casación de Melgarejo, Rotella, Montiel y Breard de Melgarejo.
La parte resolutiva de la sentencia penal N° 37/16 dispone el rechazo de los recursos mencionados, confirmando el fallo del Tribunal Oral Penal N° 1, que condenó a Marcelo Melgarejo a la pena de 16 años de prisión por la comisión del delito de asociación ilícita en carácter de jefe (artículo 210º, 2º párrafo y artículo 45º del Código Penal), como coautor material penalmente responsable, en concurso real con el delito de estafa en la modalidad de delito continuado, como coautor material penalmente responsable (artículos 172º, 45º, 55º, 40º y 41º del Código Penal); a Hugo Omar Rotella, a la pena de 16 años de prisión por la comisión del delito de asociación ilícita en carácter de organizador (artículo 210º, 2º párrafo y artículo 45º del Código Penal) como coautor material penalmente responsable, en concurso real con el delito de estafa en la modalidad de delito continuado, como coautor penalmente responsable (artículos 172º, 45º, 55º, 40º y 41º del Código Penal); condenó a María del Carmen Montiel, a la pena de cuatro años de prisión por la comisión del delito de asociación ilícita en carácter de miembro (artículo 210º, 1er párrafo, 45º, 40º y 41º del C.P.) como coautor material penalmente responsable, absolviéndola de culpa y cargo del delito de estafa, por insuficiencia probatoria (artículo 172º del C.P. y artículo 4º del Código Procesal Penal) imponiéndole además la inhabilitación especial para ejercer la profesión por el término de dos años; y condenó a Paula Breard de Megarejo a la pena de dos años de prisión en suspenso por la comisión del delito de encubrimiento, en calidad de autor material penalmente responsable, por el que viniera acusada (artículos 277º, inciso 1, letra e, artículos 40º, 41º y 45º del C.P.).
La causa
El viernes 28 de diciembre de 2007, la financiera Boston Continental SA cerró sin brindar explicaciones y en la puerta de entrada se colocó un aviso impreso que decía: “Debido a que no se pudo solucionar el problema técnico del sistema, los vencimientos del día de la fecha serán reprogramados para el 7 de enero de 2008”.
Cumplida la fecha, decenas de ahorristas se concentraron frente al local 50 de la galería Junín. Ningún representante de la firma se presentó y estalló el escándalo.
El juicio oral y público a los responsables se inició el jueves 20 de diciembre de 2012 y finalizó el miércoles 30 de abril de 2014.
Profugado y capturado en Chivilcoy