«Ni el pago en contado efectivo, con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito en 1 cuota, pueden tener recargos, ya que esto ilegal y está sancionado.

ChivilcoyExtraInteres General

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), ante una serie de reclamos recibidos y con el objetivo de evitar multas y sanciones, advierte que ni el pago en contado efectivo, con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito en 1 cuota, pueden tener recargos, ya que esto ilegal y está sancionado.

De esta forma, se establece lo siguiente: Por resolución el precio a exhibir en cada producto es el de contado, monto que debe respetarse tanto en efectivo “cash” como en pago con débito o crédito en un pago.

No puede existir diferencia entre estas modalidades. Si el comerciante desea hacer una atención extra al cliente por pago en efectivo cash, puede hacerlo como un beneficio más, pero el precio de vidriera o exhibido en góndola de forma obligatoria, es el que debe pagar el cliente bajo las modalidades mencionadas.

El pago con tarjeta de débito no puede tener ningún tipo de recargo o comisión, esto es totalmente ilegal y está sancionado; ya que tal como indica la AFIP: “La tarjeta de débito es un medio de pago equivalente al efectivo, por lo tanto no pueden cobrarte un monto adicional por su uso en operaciones de compra de bienes o pago de servicios”.
En caso de que algún comercio no acepte tu tarjeta de débito a la hora de la pagar, te ofrezca un descuento por pago en efectivo, no exhiba el formulario 960 o no te entregue una factura por la operación, podes hacer la denuncia a través del siguiente link https://serviciosweb.afip.gob.ar/clavefiscal/…/denuncia.aspx o escaneando el codigo QR del comercio desde tu celular.
Respecto al pago con tarjeta de crédito, y la opción de pago en una sola cuota, tampoco se pueden cobrar adicionales, comisiones o intereses.

En este sentido, se remarcar que los costos por operación con débito o crédito y la demora en el pago de las tarjetas al comercio son aspectos que deben tenerse en cuenta como parte del costo de los productos.

Con relación a la Tarjeta AlimentAR, se reitera que los comercios tienen la obligación de aceptarlas y no pueden aplicar ningún recargo o comisión por el uso de las mismas.
Todo de conformidad con las Leyes 25065, artículo 37, inciso C; y 27253, artículo 10.

Ante cualquier irregularidad o incumplimiento pueden hacer la denuncia a través de OMIC, al email omic@chivilcoy.gob.ar.

4 comentarios en ««Ni el pago en contado efectivo, con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito en 1 cuota, pueden tener recargos, ya que esto ilegal y está sancionado.»

  • Soy comerciante hace 39 años y por supesto, acepto tarjetas de debito, como la ley lo exige, y marco varios productos co el 20%, como aceite azucar arroz y varios productos mas de primera necesidad, nunca marque cargo adicional alguno, pero, siempre hay un pero, ENTRE EL ALQUILER DEL POS, EL IMPUESTO AL DEVITO Y EL IMPUESTO AL CREDITO DE CADA OPERACION MAS LO QUE TARDAN EN ACREDITAR LOS PAGOS Y LA COMISION QUE TE COBRA EL BANCO EN CADA OPERACION, SI SACAS LA CUENTA SALIS EMPATADO (es justo?) estando al sevicio del cliente casi todos los dias del año ,se justifica trabajar en esas condiciones, PREGUNTO NOMAS !!!

    Respuesta
  • Hay un negocio en quilmes oeste que te cobra de la tarjeta alimentar una suma de cincuenta pesos directamente sin que te des cuenta te lo devita de la tarjeta.mosconi y san luis

    Respuesta
  • Totalmente de acuerdo !!! Ejemplo Mercado pago cobra unos recargos terribles , las cuentas de caja de ahorro cuestan carísimas esperar 30 dias para cobrar una tarjeta de credito con los descuentos que hace el banco y encima te lo acreditan cuando a ellos se les da la gana siempre tienen una escusa para quedarse con tu plata mas tiempo que el estipulado , los descuentos que hacen los bancos por las tarjetas de debito 3% de ingresos brutos ningun banco te acredita el dinero en fecha .

    Respuesta
  • Es un chiste los comercios que tienen poco margen de ganancia NO PUEDEN TRBAJAR CON TARJETA ES IMPOSIBLE.
    PORQUÉ NO CONTROLAN LAS VENTAS DE LAS PUBLICACIONES Y HACEN CUMPLIR LA LEY

    Respuesta

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *