
La expresidente Cristina Fernández fue condenada a 6 años de prisión en la causa Vialidad, junto con una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
Pese a esto, la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, dictó el 18 de julio que ciertos artículos del Código Penal y del Código Nacional Electoral que impiden votar a personas con condenas firmes eran inconstitucionales. En consecuencia, decidió mantener a Cristina Fernández en el padrón electoral. Así, ella podría ejercer el derecho al voto activo.
El fiscal nacional electoral, Ramiro González, apeló esa decisión. Sustentó que la condena incluye la privación del derecho electoral. Además, hasta que el Congreso no reglamente un marco específico para casos como este, los inhabilitados deben ser excluidos del padrón.
Finalmente, la Cámara Nacional Electoral (CNE) revocó el fallo de Borruto. Este acto dejó sin efecto la habilitación de Cristina Kirchner para votar en las elecciones de octubre.
Las implicancias legales
La condena y la sentencia ejecutoriada incluyen una inhabilitación que cubre derechos políticos. Según el fiscal electoral, esto la imposibilita de figurar en el padrón hasta que haya una reglamentación que permita lo contrario.
La decisión de la CNE se alinea con ese criterio. Reafirma que la condena firme trae aparejada la pérdida temporal de ciertos derechos ciudadanos. Entre ellos se incluye el voto activo, salvo que se genere una norma que lo habilite expresamente.










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