La Gaceta

La Federación de Talleres Protegidos se sumó a un amparo colectivo contra la suspensión de la Ley de Emergencia en Discapacidad

La Federación de Talleres Protegidos de la Provincia de Buenos Aires (FETAP) se presentó ante el Juzgado Federal de Campana para adherir formalmente a la acción de amparo colectivo que cuestiona la suspensión de la Ley N° 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad, dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 681/2025.

La entidad, representada por su presidenta Mónica Beatriz Pissarro y su vicepresidente Darío Gabriel Corrao, solicitó ser tenida como representante adecuada del colectivo de personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente en todo el país, junto a sus familias y cuidadores, quienes se ven directamente afectados por la interrupción de las prestaciones del sistema previsto en la Ley N° 24.901.

En su presentación judicial, FETAP respaldó en todos sus términos la demanda iniciada previamente y pidió que se declare la nulidad absoluta del artículo 2° del Decreto 681/2025, al considerar que la suspensión de la ley resulta “inconstitucional, discriminatoria y regresiva” en materia de derechos humanos. La federación argumentó que la medida vulnera derechos fundamentales como el acceso a la salud, la rehabilitación, la educación y la protección social de más de 1.200.000 personas con discapacidad en el país.

Uno de los puntos centrales del planteo es la comparación entre la suspensión de la ley de emergencia en discapacidad y otras decisiones adoptadas por el Gobierno nacional el mismo día. Según FETAP, mientras se argumentó falta de recursos para sostener las prestaciones destinadas a personas con discapacidad, el Ejecutivo avanzó simultáneamente con beneficios fiscales para el sector exportador agropecuario, lo que evidenciaría una “priorización presupuestaria discriminatoria”.

En ese sentido, la federación sostuvo que existen recursos disponibles y facultades legales para readecuar partidas presupuestarias, tal como lo demuestra una decisión administrativa posterior, por lo que la justificación económica utilizada para suspender la ley sería “falaz”. Además, advirtió que esta situación configura un “fraude constitucional agravado”, al promulgarse una ley para luego suspender su aplicación efectiva.

FETAP también remarcó que la medida viola tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional, como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, especialmente en lo referido al principio de igualdad y a la prohibición de regresividad en materia de derechos sociales.

En el escrito, la entidad alertó sobre la gravedad del daño actual que provoca la suspensión de la ley: cierre de prestadores, interrupción de tratamientos esenciales, aumento de copagos y deterioro de la calidad de vida de las personas con discapacidad y sus familias. Por ese motivo, solicitó el dictado urgente de medidas cautelares colectivas que suspendan los efectos del decreto, ordenen la implementación inmediata e integral de la Ley 27.793 y garanticen la continuidad de las prestaciones básicas.

Finalmente, la federación sostuvo que la vía individual resulta inviable para el colectivo afectado por las barreras económicas, informativas y temporales, y que la situación reviste una “gravedad institucional extrema” que justifica la intervención judicial urgente. El expediente ya fue inscripto en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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