La Nación liberó más actividades pero los gobernadores tendrán la última palabra

ExtraNacionales

El Gobierno de Alberto Fernández decidió exceptuar de la cuarentena total a varios rubros privados y públicos. Pero serán las las provincias quién escriban la letra chica y tendrán poder de veto.

El Gobierno nacional decidió anoche exceptuar del aislamiento social preventivo y oblogatorio (ASPO) por el coronavirus y de la prohibición de circular una serie de actividades económicas. No obstante, la aplicación de estos permisos será ejecutada por las provincias

La atención médica y odontológica programada, y la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, están en la lista de rubros liberados.

Cada jurisdicción provincial -dice el texto- «deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de las actividades y servicios exceptuados, pudiendo limitar el alcance de las mismas a determinadas áreas geográficas o a determinados municipios o establecer requisitos específicos para su desarrollo, que atiendan a la situación epidemiológica local y a las características propias del lugar, con el fin de minimizar el riesgo de propagación del virus».

Además, aclara que «las excepciones otorgadas podrán ser dejadas sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora o por el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria».

La nueva disposición abarca a La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis, Misiones y la ciudad autónoma de Buenos Aires.

Por medio de la Decisión Administrativa 524/2020 también quedan habilitados los establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos, las Oficinas de rentas de las Provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

Al conocerse la noticia, fuentes del Ejecutivo bonaerense le dijeron a la Agencia Télam que Axel Kicillof «consultará con cada distrito la aceptación de las excepciones y el estricto cumplimiento de los protocolos».

«Cada municipio debe decir si quiere o no que en su distrito se habilite esa excepción; y si el municipio dice sí, se dicta el acto administrativo y se habilita», puntualizó, según esa fuente, un vocero del gobernador.

A su vez, el Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero podrá, «en cualquier tiempo y circunstancia, dejar sin efecto cualquiera de las excepciones según la evaluación que se realice, con intervención de la autoridad sanitaria nacional, de la evolución de la situación epidemiológica.

El detalle de las nuevas actividades exceptuadas

– Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

– Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

– Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

– Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

– Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

– Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

– Ópticas, con sistema de turno previo.

– Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

– Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

– Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

– Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.
 

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